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| Carta de invitación: resolución favorable |
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| Miércoles, 15 de Febrero de 2012 16:47 | |||
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Cuando se haya resuelto la solicitud favorablemente, la comisaría notificará al invitante con el aviso para recoger la Carta de Invitación. Puede ser por teléfono. Entonces, tendrás que abonar la tasa correspondiente. Para ello, contarás con el plazo de un mes desde la notificación. Para recoger la Carta de Invitación, deberás aportar el justificante que acredite el pago. Cuando te entreguen la carta, deberás enviarla a tu invitado, para que acusa al consulado de España en su ciudad y le pongan un sello. En el control de inmigración, al entrar en España, le pondrán un último sello. En total, la Carta de Invitación debe contar con tres sellos: el de la comisaría que la emite (donde el invitante ha gestionado su solicitud), el del consulado de España en el país de origen del invitado y el del control de entrada a España. www.redinmigrante.es
7 CONSEJOS ÚTILES ANTES DE SOLICITAR LA CARTA DE INVITACIÓN ¿QUÉ DEBE CONTENER LA SOLICITUD?
DOCUMENTACIÓN DE LA VIVIENDA DONDE SE QUEDARÁ EL INVITADO
TRAMITACIÓN DE LA CARTA DE INVITACIÓN RESOLUCIÓN NEGATIVA Y MOTIVOS PARA RECHAZAR LA SOLICITUD ¿CUÁNTO CUESTA LA CARTA DE INVITACIÓN?
INFORMACIÓN LEGAL PARA EL INVITANTE
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| Última actualización el Miércoles, 15 de Febrero de 2012 17:39 |